Hoy se publicó en el BOE la Orden TDF/149/2025, que establece medidas para combatir las ESTAFAS de suplantación de identidad a través de llamadas y garantizar la identificación en los números que prestan servicios de atención al cliente. 🚔
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Dentro HILO.
Feb 15, 2025 · 3:40 PM UTC
En la creación de esta Orden trabajaron durante años distintas Administraciones Públicas, como la Unidad Central de Ciberdelincuencia y otros actores implicados, tanto públicos como privados.
- ¿Qué se regula?
- ¡Veámoslo!
Artículo 4. Bloqueo del tráfico que usa numeración que no haya sido atribuida, asignada o adjudicada, incluyendo numeración vacía.
Es decir, suplantar números que todavía no han sido dados de alto, es decir, sin asignar.
Artículo 5. Bloqueo de llamadas con origen internacional identificadas por un CLI del plan nacional de numeración fija o móvil.
Es decir, bloquear llamadas que entra por un carrier internacional a España, pero corresponden a números españoles (salvo en itinerancia)
Artículo 6. Bloqueo de mensajes (SMS/MMS/RCS) que usan numeración que no haya sido atribuida, asignada o adjudicada, incluyendo numeración vacía.
Artículo 7. Bloqueo de SMS con origen internacional.
Al igual que el artículo 4 y 5, pero en este caso para SMS en vez de llamadas.
Artículo 8. Registro de alias y bloqueo de SMS/MMS/RCS con alias no registrados o emitidos por entidades no habilitadas.
Los usuarios que utilicen alias para sus SMS, tendrán que dar de alta estos alias, los que no estén dados de alta = Bloqueados.
Artículo 9. Prohibición de utilización de la numeración móvil para llamadas de atención al cliente o llamadas comerciales no solicitadas.
Poco hay que explicar, solo se podrán realizar llamadas comerciales desde números fijos.👏 Ya podremos dormir siestas mas largas.
Artículo 10. Atribución de los rangos 800 y 900 para la prestación del servicio de atención a clientes y para la realización de llamadas comerciales no solicitadas.
Simplificación en la categorización de estos prefijos.



