El señor Piter Albeiro debería ir buscando un abogado:
Instigación a delinquir – Artículo 348 del Código Penal: “El que públicamente incite a otro u otros a cometer un delito(…)”
Actos de discriminación - Artículo 134A: “El que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación (…)”.
¡El fascismo debe volver a dar vergüenza!