Ya se publicó en el DOF la adición del Artículo 30-B del CFF, una disposición que podría utilizarse para espiar apps de citas, X y, en realidad, cualquier servicio digital utilizado por mexicanos.
El
@SATMX asegura que “no es para espiar”, pero la redacción ambigua del artículo deja esa puerta abierta. Habla de “reglas generales” sin definir con precisión qué datos podrán requerir las autoridades. Intentan justificarlo diciendo que se basa en la Ley del IVA, aunque nuevamente, sin establecer límites claros.
Además, aparece un tercer actor: la
@AgenciaGobMX, cada vez más omnipoderosa, que sería la encargada de definir cómo se realizará la transferencia de datos en tiempo real. Lo preocupante es que no existe ningún candado que impida que esta agencia también tenga acceso a la información de los usuarios de servicios digitales.
En resumen, aunque digan que no es su intención —que, personalmente, creo que sí lo es—, la redacción del artículo es tan vaga que, si quisieran hacerlo, podrían espiar a quien sea sin problema alguno.