Políticos de México quieren censurar a los sacerdotes en el uso de redes sociales. Esta es la iniciativa de reforma a la ley de asociación religiosos y culto público.
*¿En qué consiste?*
• Añade un párrafo al artículo 16 de la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público para censurar o limitar la expresión de creencias religiosas o posturas provida bajo el argumento de “odio”.
• Permite que asociaciones religiosas operen medios digitales, pero bajo lineamientos oficiales emitidos por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones y la Secretaría de Gobernación.
*Los riesgos:*
• Limitar el contenido religioso o provida en plataformas digitales.
• Confundir la “neutralidad” con la prohibición de manifestar fe o convicciones morales.
• Abrir la puerta a sanciones o restricciones sobre organizaciones o ciudadanos que se expresen con base en principios éticos o religiosos.
*PÁRRAFO PROPUESTO EN LA LEY*
_”Los ministros de culto o las asociaciones religiosas que operen medios de comunicación digitales, incluyendo plataformas de distribución digital de contenido multimedia, redes sociales 0 cualquier otro servicio en línea, deberán sujetarse a los lineamientos que emita la Agencia de Transformación Telecomunicaciones Digital y en coordinación con la Secretaria de Gobernación, garantizando el respeto a los derechos digitales, la neutralidad de la red y la prevención de discursos de odio.”_
*Plazos y regularización*
En 180 días, las asociaciones religiosas deberán:
• Regularizar sus operaciones digitales.
• Entregar reportes sobre sus contenidos.
• Las autoridades tendrán 90 días para definir los lineamientos de regulación y evaluación.
*Argumento oficialista*
• Argumenta que no busca censura, sino “prevención del odio”.
• Sin embargo, los criterios quedan abiertos a interpretación política.
• Introduce un lenguaje que equipara creencias religiosas con posibles focos de discurso riesgoso, lo cual criminaliza o condiciona la fe.